Registro de viajeros en los Mossos d'Esquadra: guía para alquiler vacacional en Cataluña (2026)

Última actualización: septiembre de 2026
Si gestionas una vivienda de uso turístico, una casa rural o cualquier alojamiento en Cataluña, hay un detalle que despista a muchísimos anfitriones: el registro de viajeros no se comunica a SES.Hospedajes, la plataforma del Ministerio del Interior que usa la mayor parte de España. En Cataluña la competencia la ejercen los Mossos d'Esquadra, y el parte de viajeros se envía a través de su propia plataforma, el registre de viatgers d'establiments d'hostalatge.
En esta guía te explicamos quién está obligado, cómo darte de alta en la plataforma de los Mossos, qué datos tienes que comunicar tras la adaptación al Real Decreto 933/2021, qué plazos corren, qué sanciones arriesgas si incumples y qué hacer si tienes propiedades en Cataluña y en otra comunidad autónoma a la vez. Todo actualizado a 2026 y con las fuentes oficiales a mano.
Qué es el registre de viatgers de los Mossos
El registro de viajeros es la obligación legal de identificar a las personas que se alojan en tu establecimiento y comunicar sus datos a las fuerzas de seguridad. Es una obligación estatal —nace de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana y del Real Decreto 933/2021—, pero su gestión operativa depende de qué cuerpo policial tiene la competencia en cada territorio. Si quieres una visión general del sistema en toda España, tienes nuestra guía completa del registro de viajeros en España.
En Cataluña esa competencia corresponde a los Mossos d'Esquadra. La comunicación se realiza por vía telemática a través de la plataforma del registre de viatgers, accesible en registreviatgers.mossos.gencat.cat, y el trámite está documentado en el portal de trámites de la Generalitat (Canal Empresa). La regulación catalana del procedimiento tiene su origen en la Orden IRP/418/2010, y desde finales de 2024 la plataforma se ha ido adaptando para recoger los datos adicionales que exige el Real Decreto 933/2021.
Quién está obligado en Cataluña
Están obligados todos los establecimientos de hospedaje ubicados en Cataluña, con independencia de su tamaño o de que la actividad sea tu ocupación principal. En la práctica, esto incluye:
- Viviendas de uso turístico (HUT), aunque solo tengas una.
- Casas y alojamientos de turismo rural.
- Hoteles, hostales, pensiones y apartahoteles.
- Apartamentos turísticos y campings.
- En general, cualquier actividad de hospedaje profesional, también la que se comercializa por Airbnb, Booking.com u otras plataformas.
La obligación es doble: por un lado, registrar la información de las personas alojadas y conservarla; por otro, comunicarla a los Mossos dentro de plazo. Los datos de los menores de edad los aporta el adulto responsable con el que viajan, indicando la relación de parentesco.
Cómo darte de alta en la plataforma
Para enviar partes necesitas un nombre de usuario y una contraseña propios del establecimiento. El proceso, a grandes rasgos, es este:
- Ten tu alojamiento regularizado. Tu HUT o establecimiento debe estar dado de alta en el Registro de Turismo de Cataluña con su número de inscripción (por ejemplo, HUTB-XXXXXX).
- Solicita las credenciales a los Mossos. En la propia página de acceso de la plataforma encontrarás las instrucciones y el formulario de alta de establecimiento para pedir usuario y contraseña. Si tienes dudas, puedes dirigirte a tu comisaría de referencia de los Mossos d'Esquadra.
- Accede y empieza a comunicar. Con las credenciales activas, ya puedes enviar los partes desde el formulario web de la plataforma o mediante la carga de un fichero con los registros, útil si comunicas muchos huéspedes de golpe.
Un matiz importante: cada establecimiento se comunica con sus propias credenciales. Si gestionas varias propiedades en Cataluña, asegúrate de tener el alta correctamente tramitada para cada una de ellas.

Qué datos hay que comunicar
Históricamente, el parte catalán pedía los datos identificativos básicos del viajero. Tras la entrada en vigor del Real Decreto 933/2021 (2 de diciembre de 2024) y el periodo de adaptación de la plataforma que se extendió hasta principios de 2025, el registro de los Mossos incorpora campos adicionales alineados con la norma estatal. Prepárate para recoger, como mínimo:
- Nombre y apellidos, sexo, fecha de nacimiento y nacionalidad.
- Tipo y número del documento de identidad y, en DNI y NIE españoles, el número de soporte.
- Lugar de residencia habitual (dirección completa).
- Teléfono y correo electrónico de contacto.
- Número total de viajeros y relación de parentesco cuando viajen menores de edad.
- Datos de la estancia: fechas de entrada y salida y datos del establecimiento.
- Datos de la transacción, como el método de pago.
Además del envío, el establecimiento debe llevar su propio registro con esta información. Recoger todos estos campos a mano, en el momento de la llegada y con el huésped esperando, es la parte más tediosa del trámite —y la principal fuente de errores que luego provocan rechazos o requerimientos.
Plazos y conservación de los registros
Según el trámite oficial de la Generalitat, la información se debe comunicar dentro de las 24 horas siguientes al inicio del alojamiento de cada persona. No esperes al final de la estancia ni acumules partes de varios días: el reloj corre desde la entrada de cada viajero.
Además, debes conservar los registros durante 3 años y tenerlos a disposición de los Mossos d'Esquadra, que pueden requerirlos en una inspección. Esta obligación de conservación coincide con la que fija el Real Decreto 933/2021 para el resto del Estado.
Sanciones por incumplimiento
El régimen sancionador es el de la Ley Orgánica 4/2015, la misma norma que se aplica en toda España:
| Infracción | Tipificación | Multa |
|---|---|---|
| Carencia de los registros documentales obligatorios (no registrar o no comunicar) | Grave (art. 36.20) | 601 — 30.000 € |
| Irregularidades o deficiencias en la cumplimentación de los registros (errores, datos incompletos) | Leve (art. 37.9) | 100 — 600 € |
Traducido: enviar un parte con errores es una infracción leve, pero no enviarlo —o no llevar el registro— es una infracción grave que puede alcanzar los 30.000 euros. Con un plazo de solo 24 horas por huésped, la mejor defensa es tener el proceso sistematizado para que ningún check-in se quede sin comunicar.

Diferencias con SES.Hospedajes
La confusión más habitual entre anfitriones catalanes es pensar que deben darse de alta en SES.Hospedajes, la plataforma estatal del Ministerio del Interior. No es así: si tu alojamiento está en Cataluña, comunicas a los Mossos, no a SES.Hospedajes. Las diferencias clave:
| Mossos d'Esquadra (Cataluña) | SES.Hospedajes (resto del Estado) | |
|---|---|---|
| Ámbito | Alojamientos ubicados en Cataluña | Alojamientos del resto de comunidades |
| Plataforma | registreviatgers.mossos.gencat.cat | sede.mir.es (SES.Hospedajes) |
| Alta | Credenciales solicitadas a los Mossos | Registro en la sede electrónica del Ministerio |
| Plazo del parte | 24 horas desde el inicio del alojamiento | 24 horas desde el inicio del alojamiento |
| Base normativa | LO 4/2015 + normativa catalana; RD 933/2021 como referencia de datos | LO 4/2015 + RD 933/2021 |
El Real Decreto 933/2021 marca el estándar de qué datos se recogen en toda España, y la plataforma catalana se ha ido alineando con él, pero el canal de envío y la operativa concreta son propios de Cataluña. Cuando haya diferencias de detalle entre lo que pide la plataforma de los Mossos y lo que pide SES.Hospedajes, manda lo que te exige la plataforma a la que efectivamente comunicas.
Propiedades en Cataluña y en otra comunidad: el doble sistema
Aquí viene el escenario que más quebraderos de cabeza da a los gestores en crecimiento: tienes un apartamento en Barcelona y otro en Valencia (o en Madrid, Andalucía, Baleares…). En ese caso conviven dos sistemas:
- Las propiedades en Cataluña comunican sus partes a los Mossos d'Esquadra.
- Las propiedades fuera de Cataluña comunican a SES.Hospedajes (salvo en el País Vasco, donde el destinatario es la Ertzaintza; te lo contamos en nuestra guía del registro de viajeros de la Ertzaintza).
Eso significa dos altas distintas, dos plataformas con usuarios y contraseñas diferentes y dos operativas que tu equipo debe dominar. Lo que no cambia es lo esencial: los datos que hay que recoger del huésped son prácticamente los mismos en ambos sistemas, porque el estándar lo fija el RD 933/2021. Si tu proceso de recogida de datos está bien montado, el destino final del parte es solo el último paso.
Cómo aligerar el trámite con el check-in online
La carga real del registro de viajeros no está en pulsar «enviar»: está en recoger una docena de campos por huésped, sin errores y antes de que venza el plazo. Ahí es donde el check-in online marca la diferencia: el huésped escanea su documento desde el móvil antes de llegar, los datos se extraen y validan automáticamente y tú los tienes listos y ordenados en tu panel, junto con el contrato de hospedaje firmado digitalmente si lo usas.
Seamos claros con lo que hace Zobooq hoy: el envío automático del parte está disponible para SES.Hospedajes, es decir, para tus propiedades fuera de Cataluña y País Vasco. Para tus alojamientos catalanes, el envío a la plataforma de los Mossos sigue siendo manual, pero con el check-in online de Zobooq llegas a ese paso con todos los datos ya recogidos, validados y sin teclear: entras en la plataforma, vuelcas la información y listo. Menos tiempo, menos errores y ningún huésped sin registrar.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que darme de alta en SES.Hospedajes si mi alojamiento está en Cataluña?
No. Los alojamientos ubicados en Cataluña comunican el parte de viajeros a los Mossos d'Esquadra a través de su plataforma propia. SES.Hospedajes se utiliza para los alojamientos del resto del Estado (excepto el País Vasco, que comunica a la Ertzaintza).
¿Cuál es el plazo para enviar el parte a los Mossos?
Las 24 horas siguientes al inicio del alojamiento de cada persona, según el trámite oficial de la Generalitat. El plazo corre por viajero, desde su entrada.
¿Hay que registrar a los menores de edad?
Sí. Tras la adaptación al RD 933/2021 se recogen los datos de todos los viajeros; los de los menores los aporta el adulto responsable con el que viajan, indicando la relación de parentesco entre ellos.
¿Qué multa me pueden poner si no envío los partes?
No llevar o no comunicar el registro es infracción grave de la LO 4/2015 (art. 36.20), con multas de 601 a 30.000 euros. Los errores o deficiencias al cumplimentarlo son infracción leve (art. 37.9), de 100 a 600 euros.
¿Cuánto tiempo debo conservar los registros?
Tres años, a disposición de los Mossos d'Esquadra por si los requieren en una inspección.
¿Zobooq envía los partes automáticamente a los Mossos?
Todavía no: el envío automático de Zobooq funciona con SES.Hospedajes. Para Cataluña, el check-in online te deja todos los datos del huésped recogidos y validados (con escaneo del documento desde el móvil), de modo que el volcado manual a la plataforma de los Mossos sea cuestión de un par de minutos.
Un registro de viajeros sin dolores de cabeza
El registro de viajeros no va a desaparecer; lo que sí puede desaparecer es el rato que pierdes persiguiendo DNI por WhatsApp. Con Zobooq, el huésped hace el check-in online desde su móvil, escanea su documento y firma el contrato de hospedaje digital; tú recibes los datos completos y validados, y donde aplica SES.Hospedajes, el parte se envía solo. Y de paso, con tu propia web y motor de reservas con 0% de comisión, cada reserva directa te sale más rentable. Pruébalo y dedica el tiempo a tus huéspedes, no a los formularios.
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