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Operaciones y normativa

Contrato de alquiler turístico: modelo, cláusulas y cómo firmarlo online (2026)

Zobooq 21 de septiembre de 2026 11 min de lectura
Contrato de alquiler turístico: modelo, cláusulas y cómo firmarlo online (2026)

Última actualización: septiembre de 2026

Durante años, la mayoría de los anfitriones en España han alquilado sus viviendas turísticas sin firmar ningún papel: la reserva de Booking o Airbnb hacía las veces de todo. Eso está cambiando. Algunas comunidades autónomas ya exigen formalizar un contrato o documento de admisión con el huésped, y el Real Decreto 933/2021 —la norma del registro de viajeros— obliga a todos los alojamientos a conservar los datos del contrato, incluidas las firmas, durante tres años.

En esta guía te contamos cuándo el contrato de alquiler turístico es obligatorio, qué debe incluir para protegerte de verdad, en qué se diferencia del contrato de temporada de la LAU y cómo firmarlo digitalmente sin añadir fricción al check-in. Además, encontrarás un modelo de contrato completo que puedes copiar y adaptar a tu alojamiento.

¿Es obligatorio el contrato de alquiler turístico?

Depende de dónde esté tu alojamiento. La regulación del alquiler turístico en España es autonómica, así que la respuesta cambia según la comunidad. Dos ejemplos claros de comunidades que sí lo exigen:

  • Andalucía. Desde el Decreto 31/2024 (en vigor desde el 22 de febrero de 2024), la persona o empresa explotadora de una vivienda de uso turístico debe formalizar un contrato con el usuario en el que consten, entre otros datos, la identidad de quien explota la vivienda y su código de inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía, además de precios y condiciones de la reserva comunicados de antemano.
  • Canarias. El Decreto 113/2015 establece que, si la contratación no se hizo por escrito con anterioridad, antes de la ocupación ambas partes deben firmar un documento con las condiciones esenciales: horarios, número máximo de ocupantes y precios con el IGIC incluido, redactado al menos en castellano e inglés.

Otras comunidades exigen entregar al huésped un documento informativo de condiciones o justificante de la reserva, con denominaciones y alcances distintos. Antes de dar nada por hecho, revisa la normativa de tu comunidad (tienes un repaso por territorios en nuestra guía de normativa del alquiler vacacional en España).

Y aunque tu comunidad no lo exija expresamente, hay un motivo de peso a nivel estatal: el Real Decreto 933/2021 obliga a todos los que ejercen actividad de hospedaje a llevar un registro documental con los datos de la transacción, y entre ellos figuran los datos del contrato: número de referencia, fecha y firmas, que deben conservarse durante tres años desde el fin de la estancia. Es difícil cumplir esa obligación con solvencia si no existe ningún contrato que firmar.

A esto se suma el argumento práctico: ante un huésped que hace una fiesta, causa daños, mete a más personas de las pactadas o se niega a irse, un contrato firmado con normas claras es tu mejor prueba. Sin él, todo queda en tu palabra contra la suya.

Patio con olivo de una vivienda turística

Qué debe incluir un buen contrato de alquiler turístico

Un contrato de hospedaje útil no necesita veinte páginas. Necesita cubrir, sin ambigüedad, estos bloques:

BloqueQué debe constar
Las partesIdentidad completa del titular o explotador (nombre, NIF, domicilio) y del huésped responsable (nombre, documento de identidad, teléfono y email).
El inmuebleDirección completa y número de inscripción en el registro turístico de tu comunidad (obligatorio citarlo en Andalucía; recomendable siempre).
Fechas y horariosFecha y hora de entrada y de salida, con los márgenes de check-in y check-out.
Precio y fianzaPrecio total con impuestos, qué incluye (suministros, limpieza, ropa de cama), forma de pago, y fianza si la hay: importe, cuándo se retiene y cuándo se devuelve.
Ocupación y normasNúmero máximo de ocupantes, prohibición de fiestas si procede, mascotas, tabaco, horarios de descanso, normas de la comunidad de propietarios.
Registro de viajerosCláusula que informa de la obligación de identificar a todos los ocupantes y comunicar sus datos al Ministerio del Interior (RD 933/2021).
Protección de datosInformación RGPD: responsable del tratamiento, finalidades, base jurídica, plazos de conservación y derechos del huésped.
Cancelación y responsabilidadPolítica de cancelación aplicable y reglas sobre daños, pérdida de llaves y uso indebido.

Un detalle que muchos contratos olvidan: si la reserva llegó por una OTA, conviene reflejar el localizador de la reserva como número de referencia del contrato. Así el contrato, el parte de viajeros y la reserva quedan trazados entre sí, que es exactamente lo que pide el registro documental del RD 933/2021.

Modelo de contrato de hospedaje (listo para adaptar)

Aviso importante: este modelo es orientativo y de carácter genérico. No constituye asesoramiento jurídico. Adáptalo a la normativa de tu comunidad autónoma y, si tienes dudas, consúltalo con un profesional. Los campos entre corchetes son los que debes rellenar.

CONTRATO DE ALOJAMIENTO TURÍSTICO

En [localidad], a [fecha].

REUNIDOS

De una parte, D./Dña. [nombre y apellidos o razón social], con NIF [número], domicilio en [dirección] y correo electrónico [email], en adelante el Titular, en su condición de persona explotadora del alojamiento.

De otra parte, D./Dña. [nombre y apellidos], mayor de edad, con documento de identidad [tipo y número], nacionalidad [país], teléfono [número] y correo electrónico [email], en adelante el Huésped, que actúa en su propio nombre y en el del resto de personas ocupantes que se relacionan en la cláusula cuarta.

Ambas partes se reconocen capacidad legal suficiente para suscribir este contrato y

EXPONEN

I. Que el Titular explota el alojamiento turístico sito en [dirección completa], inscrito en el registro de turismo de [comunidad autónoma] con el número [nº de registro/licencia], en adelante el Alojamiento.

II. Que el Huésped desea alojarse temporalmente en él con finalidad turística o vacacional, sin ánimo de establecer en él su residencia habitual ni permanente.

III. Que ambas partes acuerdan formalizar el presente contrato de alojamiento turístico con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto. El Titular cede al Huésped el uso temporal del Alojamiento, amueblado y equipado, para uso exclusivamente turístico o vacacional. Este contrato se rige por la normativa turística de [comunidad autónoma] y por lo pactado en él, y queda excluido del ámbito de la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos, conforme a su artículo 5.e).

Segunda. Duración. La estancia comprende desde el día [fecha de entrada], con entrada a partir de las [hora] horas, hasta el día [fecha de salida], con salida antes de las [hora] horas. La referencia de la reserva es [localizador o nº de referencia]. Finalizada la estancia, el Huésped deberá abandonar el Alojamiento sin necesidad de requerimiento, y no se producirá en ningún caso tácita reconducción ni prórroga.

Tercera. Precio, pago y fianza. El precio total de la estancia es de [importe] €, impuestos incluidos, que comprende suministros de agua y electricidad, limpieza de entrada y ropa de cama y baño. [Indicar si hay tasa turística aplicable y su importe.] El pago se ha realizado / se realizará mediante [forma de pago y calendario]. En concepto de fianza, el Huésped entrega [importe] €, que el Titular devolverá en el plazo máximo de [días] días tras la salida, una vez comprobado el estado del Alojamiento, pudiendo descontar el coste justificado de daños, pérdidas o consumos extraordinarios imputables al Huésped.

Cuarta. Ocupantes. La ocupación máxima del Alojamiento es de [número] personas. Se alojarán las siguientes: [relación de nombre, apellidos y fecha de nacimiento de cada ocupante, indicando la relación de parentesco cuando haya menores]. Queda prohibido alojar a personas distintas de las relacionadas o superar la ocupación máxima; su incumplimiento faculta al Titular para resolver el contrato sin derecho a reembolso.

Quinta. Registro de viajeros. El Huésped queda informado de que, conforme al Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, el Titular está obligado a registrar los datos de todas las personas ocupantes —incluidos los menores de edad, cuyos datos facilita el adulto responsable— y a comunicarlos a las autoridades competentes. Todos los ocupantes mayores de 14 años deberán exhibir un documento de identidad válido a su llegada o durante el check-in online.

Sexta. Normas de uso y convivencia. El Huésped se compromete a: (a) hacer un uso diligente del Alojamiento y de su mobiliario; (b) respetar las normas de la comunidad de propietarios y el descanso vecinal, en especial entre las [hora] y las [hora] horas; (c) no celebrar fiestas ni eventos; (d) no fumar en el interior; (e) [permitir/no permitir] la estancia de animales de compañía; (f) no ceder ni subarrendar el Alojamiento a terceros; (g) comunicar de inmediato al Titular cualquier avería, daño o incidencia.

Séptima. Obligaciones del Titular. El Titular entregará el Alojamiento en adecuadas condiciones de limpieza e higiene, con los suministros operativos, y atenderá durante la estancia las incidencias que le sean comunicadas en el teléfono [número de asistencia], disponible en horario [franja].

Octava. Cancelación y desistimiento. Se aplica la siguiente política de cancelación: [describir: p. ej., cancelación gratuita hasta X días antes de la entrada; con posterioridad, penalización de X% / retención del importe de la primera noche; no presentación: 100%]. Si la reserva se contrató a través de una plataforma o agencia, prevalecerán las condiciones de cancelación aceptadas en dicha contratación.

Novena. Responsabilidad. El Huésped responde de los daños causados en el Alojamiento por él o por las personas ocupantes durante la estancia, así como de la pérdida de llaves o mandos ([coste de reposición] €). El Titular no responde de los objetos personales del Huésped ni de robos o extravíos, salvo negligencia acreditada por su parte.

Décima. Protección de datos. Responsable del tratamiento: [nombre/razón social y NIF del Titular], [dirección], [email]. Finalidades: gestionar la reserva y la estancia, cumplir las obligaciones legales de registro y comunicación de datos de viajeros (RD 933/2021) y, en su caso, la gestión fiscal y contable. Base jurídica: ejecución del contrato y cumplimiento de obligaciones legales. Los datos del registro de viajeros se conservarán durante tres años; el resto, durante los plazos legales aplicables. No se cederán datos a terceros salvo obligación legal (Ministerio del Interior, administración tributaria). El Huésped puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad ante el responsable, y reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es).

Undécima. Resolución. El incumplimiento grave de las cláusulas cuarta o sexta facultará al Titular para resolver el contrato y exigir el desalojo, sin derecho a devolución de las cantidades abonadas y sin perjuicio de la indemnización por daños que proceda.

Duodécima. Legislación aplicable y fuero. Este contrato se rige por la legislación española y por la normativa turística de [comunidad autónoma]. Para cualquier controversia, las partes se someten a los juzgados y tribunales que correspondan conforme a la legislación aplicable en materia de consumidores y usuarios.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente contrato en la fecha indicada.

El Titular: ______________________     El Huésped: ______________________

Hasta aquí el modelo. Recuerda: adapta los campos entre corchetes, elimina lo que no aplique a tu caso y contrasta las cláusulas con la normativa de tu comunidad.

Toallas preparadas para la llegada de huéspedes

Contrato turístico vs. contrato de temporada (LAU): no los confundas

Es una de las dudas más repetidas y una fuente habitual de problemas. Son dos figuras distintas:

Contrato de alojamiento turísticoContrato de temporada (LAU)
Norma aplicableNormativa turística autonómica (la LAU lo excluye en su art. 5.e cuando la vivienda se comercializa en canales turísticos y está sujeta a régimen sectorial)Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos, como arrendamiento para uso distinto de vivienda (art. 3.2)
FinalidadEstancia vacacional corta con servicios (limpieza de entrada, ropa de cama, atención)Necesidad temporal de vivienda: trabajo desplazado, curso académico, obras en casa
Duración típicaDías o semanasSemanas o meses, ligada a la causa de temporalidad
RequisitosLicencia o inscripción en el registro turístico autonómico, registro de viajeros, placa identificativa según CCAANo requiere licencia turística; sí conviene acreditar la causa de la temporada en el contrato
Registro de viajerosObligatorio (RD 933/2021)No aplica al arrendamiento de temporada como tal, al no ser actividad de hospedaje

La clave no es el nombre que pongas al documento, sino la realidad de la actividad: si comercializas la vivienda por días en canales turísticos y prestas servicios propios del hospedaje, estás en el régimen turístico, con su licencia y su registro de viajeros, y no puedes «disfrazarlo» de contrato de temporada para esquivar obligaciones. A la inversa, un alquiler de temporada real (un profesor desplazado seis meses, por ejemplo) no te obliga a tener licencia turística, pero tampoco te permite anunciarlo en Airbnb por noches.

Cómo firmar el contrato online durante el check-in

El problema del contrato de hospedaje nunca ha sido redactarlo: es conseguir que se firme sin convertir cada llegada en un trámite. Imprimir, perseguir al huésped a su llegada con un bolígrafo, escanear y archivar tres años no escala, sobre todo con check-in autónomo y cerraduras inteligentes.

La solución práctica es integrar la firma en el check-in online, que el huésped ya hace antes de llegar para el registro de viajeros. El flujo queda así:

  1. El huésped recibe el enlace de check-in tras reservar.
  2. Escanea su documento de identidad desde el móvil y sus datos se capturan automáticamente.
  3. Con esos mismos datos se genera el contrato de hospedaje ya cumplimentado: partes, fechas, inmueble, referencia de la reserva.
  4. El huésped lo revisa y lo firma en pantalla; ambas partes reciben copia y el contrato queda archivado junto al resto de la documentación de la estancia.

Con este enfoque cumples tres frentes de una vez: el contrato exigido por tu comunidad (si aplica), el registro documental de tres años del RD 933/2021 y la identificación de viajeros previa a la comunicación a las autoridades, que tienes explicada al detalle en nuestra guía completa del registro de viajeros en España.

En Zobooq este flujo viene de serie: durante el check-in online, el sistema genera el contrato de hospedaje digital automáticamente con los datos ya escaneados del documento del huésped, recoge la firma y, completado el check-in, envía los partes de viajeros a SES.Hospedajes sin que tengas que hacer nada.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el contrato en un alquiler turístico?

Depende de tu comunidad autónoma. Andalucía lo exige expresamente desde el Decreto 31/2024 y Canarias obliga a firmar un documento de condiciones antes de la ocupación si no hubo contrato escrito previo. En el resto, revisa tu normativa autonómica. En todo caso, el RD 933/2021 obliga a todos los alojamientos a conservar los datos del contrato —referencia, fecha y firmas— durante tres años, así que trabajar con contrato firmado es la forma más sólida de cumplir.

¿La confirmación de reserva de Airbnb o Booking sirve como contrato?

Es prueba de la contratación y de sus condiciones económicas, y su localizador te sirve como número de referencia. Pero no incluye normas de la casa detalladas, fianza, cláusulas de resolución ni la información RGPD, y no está firmada por el huésped. Como respaldo ante incidencias, un contrato firmado te protege mucho más.

¿Tiene que firmar el contrato cada huésped o solo uno?

Lo habitual es que firme el huésped responsable de la reserva, relacionando en el contrato al resto de ocupantes. Cosa distinta es el registro de viajeros: ahí sí deben identificarse todas las personas, y los datos de los menores de 14 años los facilita el adulto responsable, indicando la relación de parentesco.

¿La firma digital en el móvil es válida?

Sí. En España las firmas electrónicas son válidas y admisibles como prueba conforme al Reglamento europeo eIDAS y la Ley 6/2020. Para un contrato de hospedaje, una firma electrónica simple trazada en pantalla, vinculada a la verificación del documento de identidad del huésped y con registro de fecha y hora, ofrece un respaldo muy razonable.

¿Puedo usar un contrato de temporada de la LAU para mi piso turístico?

No, si la actividad es realmente turística: la LAU excluye las viviendas de uso turístico comercializadas en canales de oferta turística (art. 5.e) y les aplica la normativa sectorial autonómica. Usar un contrato de temporada para encubrir actividad turística sin licencia puede acarrear sanciones de la administración turística.

¿Cuánto tiempo debo guardar los contratos firmados?

El registro documental del RD 933/2021, que incluye los datos del contrato y las firmas, debe conservarse tres años desde el fin de la estancia. A efectos fiscales, conserva la documentación de la actividad durante los plazos generales de prescripción.


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